Parte 3: Las consagraciones

Autor: Luis María Quiroga de Luco

contrathuc@hotmail.com

Foto: En la foto está el documento usado por los grupos thucistas, para señalar la supuesta “jurisdicción patriarcal” de Thuc https://laslenguascatolicas.blogspot.com/2016/12/el-salvador-de-la-sucesion-apostolica.html. Y ya que según sitios como forocatólico, por este documento “el obispo Ngo Dinh Thuc fue autorizado, en concreto, en su caso, para nombrar obispos sin la consulta previa de la Santa Sede y consagrarlos. Este extraordinario poder de legado papal nunca le fue revocado”, lo mismo repite sodalitium https://www.sodalitiumpianum.it/entrevista-a-monsenor-guerard-des-lauriers/, como es obvio ninguna de las dos afirmaciones es cierta.

El documento dice lo siguiente:

“Pius PP. XI Plenitudine Potestatis Sanctae Sedis Apostolicae deputamos in Nostrum Legatum Petrum Martinum Ngo Dinh-Thuc Episcopum titularem Saesinensem-ad fines Nobis notos, cum omnibus necessariis facultatibus. Datum Romae apud S. Petrum, die X.V mensis Martü MCMXXXVIII Pontificatus Nostri anno septimo decimo. PIUS PP XI”.

En español sería: “Pío XI, Papa Con el pleno poder de la Santa Sede Apostólica, concedemos a nuestro legado Pedro Martin Ngo Dinh Thuc, Obispo titular de Saigón Para lo conocido por nosotros (Nobis notos), todas las facultades necesarias.

Dado en Roma en San Pedro, el día 15 del mes de mayo de 1938, el año décimo séptimo de nuestro pontificado.

Pío XI, Papa”

¿Que se desprende de este documento? Pues lo que el mismo documento nos expresa, hay unos fines determinados para un momento especifico conocidos por el que otorga el poder y el que lo ejerce para tener pleno poder en dicho momento para ejercer determinadas facultades, que pueden variar de acuerdo a la misión que se le hubiese otorgado al que lo recibe. El documento es de 1938, por lo que se desprende que cualquiera hubiese sido la misión otorgada a Thuc Obispo de Saigon, ya estaba cumplida su misión para la época de las primeras consagraciones en 1976, y como es obvio la orden de Pio XI, no era ordenar obispos cismáticos treinta y ocho años después en una jurisdicción distinta que era España.

Los thucistas le han dado un poder más allá de cualquier imaginación a este documento, otorgándole a Thuc poderes de patriarca a nivel global y ad eternum, cual es la razón para hacer esto, pues la conveniencia propia y el sacar de contexto las autorizaciones papales, esto se ve cuando comparamos este documento con casos como el de Michel d'Herbigngy, un obispo de la cortina de hierro https://holyrosarychapel.vpweb.com/ARCHBISHOP-THUC.html.